Reforma laboral regularía a repartidores de plataformas digitales

El texto, radicado el 24 de agosto de 2023, pretende regular cambios para varias disposiciones existentes del Código Sustantivo del Trabajo y regular aspectos sobre los cuales no existe reglamentación concreta.

El Ministerio de Trabajo de Colombia en concordancia con las intenciones expresadas reiteradamente por el Gobierno Nacional en materia de empleo, ha presentado ante el Congreso el nuevo proyecto de Reforma Laboral.

El texto, radicado el 24 de agosto de 2023, pretende regular cambios para varias disposiciones existentes del Código Sustantivo del Trabajo y regular aspectos sobre los cuales no existe reglamentación concreta, específicamente frente a la población de trabajadores denominados como repartidores de plataformas digitales, disposiciones especiales para trabajadores del sector agropecuario y otros grupos vulnerables de la población colombiana, incluidos los grupos de migrantes.


Este segundo proyecto de Reforma Laboral, se construye a partir del archivo del primer proyecto en la legislatura anterior, manteniendo algunas disposiciones del texto inicial, y ajustando algunos aspectos que aunque al parecer, tenía toda la intención de reflejar los intereses de todos los sectores para adaptarse a las dinámicas laborales actuales, sigue viéndose una gran preocupación en el sector empresarial, dado que en muchos aspectos se evidencia una falta de representación en el texto del nuevo proyecto, presentado ante el Congreso.

Adriana Escobar, Socia de CMS Rodríguez-Azuero, explica que: 

“En esta nueva propuesta, se mantuvieron aspectos que continúan generando preocupación en el empresariado colombiano en atención al grave impacto que pueden causar, sobre todo a los pequeños y microempresarios, y se adicionaron nuevas prerrogativas sobre asuntos que no se habían tratado en el texto de reforma presentado anteriormente”.
Nuevas normas para la contratación.

En el ámbito de las disposiciones en materia de derecho laboral individual el proyecto presenta una serie de cambios en la contratación y terminación de contratos laborales.

Se reitera la contratación indefinida como regla general, estableciendo que los contratos fijos y por obra o labor solo serán excepcionales y requerirán justificación escrita.

Además, se limitan los contratos fijos a un máximo de tres años. Para los contratos por obra o labor, se establece que, si el proyecto al que estaba ligado el contrato finaliza y el trabajador continúa prestando servicios, se considerará como un contrato indefinido.

Los repartidores de plataformas.

Frente a las indemnizaciones por despido injusto para los contratos indefinidos, se propone un nuevo esquema que varía en función del tiempo de servicio incrementando los costos de indemnizaciones en caso de retiros unilaterales, especialmente frente a trabajadores con antigüedad considerables.

También se amplía la indemnización moratoria para el caso de pagos tardíos de indemnizaciones y beneficios convencionales. Además, se plantea extender el plazo de prescripción para acciones laborales de 3 a 5 años.

Sandra Mora, Asociada Senior de CMS Rodríguez-Azuero, analiza que:

“El proyecto aborda novedades en materia de teletrabajo y establece nuevas regulaciones para la protección de grupos específicos de trabajadores, incluyendo a los trabajadores domésticos, artistas, deportistas, periodistas y aquellos en el sector agropecuario. Se destaca la modificación efectuada frente a repartidores de plataformas, en la medida que se permite que estos puedan prestar servicios mediante vínculos laborales directos o como independientes, cumpliendo con algunos requisitos formales en materia de seguridad social y no exclusividad”.

En atención a las preocupaciones que aún existen frente al posible impacto que traerá el planteamiento del nuevo proyecto de ley en materia de empleo y sostenibilidad en caso de que se apruebe la reforma en su totalidad, se espera un análisis riguroso y constructivo por parte del Congreso para lograr una normativa que promueva el desarrollo económico y la protección de los derechos de los trabajadores en Colombia.


 

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